De acuerdo con lo establecido en el decreto 1990 del 06 de diciembre de 2016 el cual establece Plazos para la autoliquidación y el pago de los aportes al Sistema de Seguridad Social Integral y Aportes Parafiscales, todos los aportantes efectuarán sus aportes utilizando la Planilla Integrada de Liquidación de Aportes - PILA, bien sea en su modalidad electrónica o asistida, a más tardar en las fechas que se relacionan a continuación:
Empresas
Dos últimos digitos del NIT o documento de identidad | Día hábil de vencimiento |
---|---|
00 al 07 | 2° |
08 al 14 | 3° |
15 al 21 | 4° |
22 al 28 | 5° |
29 al 35 | 6° |
36 al 42 | 7° |
43 al 49 | 8° |
50 al 56 | 9° |
53 al 63 | 10° |
64 al 69 | 11° |
70 al 75 | 12° |
76 al 81 | 13° |
82 al 87 | 14° |
88 al 93 | 15° |
94 al 99 | 16° |