Contributivo | Agosto 2024

Reconocimiento y pago de incapacidades por enfermedad general

Una incapacidad por enfermedad general ocurre cuando un trabajador no puede desempeñar sus labores habituales debido a una enfermedad no relacionada con el trabajo.

Las incapacidades se liquidan así:

  • Primeros 2 días: a cargo del empleador.
  • Del día 3 al día 90: 66.67% del ingreso base de cotización (a cargo de la EPS).
  • Del día 91 al día 180: 50% del ingreso base de cotización (a cargo de la EPS).
  • Del día 181 al día 540: 50% del ingreso base de cotización (a cargo de la administradora de pensiones).
  • Después del día 541: 50% del ingreso base de cotización (a cargo de la EPS), hasta la reincorporación laboral o calificación de pérdida de capacidad laboral.
Doctora revisando a paciente

El ingreso base de cotización no puede ser menor al salario mínimo legal vigente.

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